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CLÁUSULA SUELO: ANÁLISIS DE LA ÚLTIMA SENTENCIA DE LA U.E.

¿En qué beneficia a los afectados de la clausula suelo?

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre la veda para que los afectados por la clausula suelo puedan por fin reclamar el dinero que les pertenece en su integridad, por todo lo que el banco haya cobrado demás,  con carácter retroactivo.
Hasta ahora, los tribunales habían establecido un límite temporal para los consumidores de poder reclamar la devolución de estas cantidades, siendo éste a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, todas las demandas ejercitadas con anterioridad a esta fecha, no tenían posibilidad de recobrar su dinero y las que se ejercitaban con posterioridad únicamente podían reclamar dichas devoluciones hasta esa fecha.
Se establecía dicho límite escudándose en el grave perjuicio que se generaría en la economía del país si los bancos tuvieran que devolver todo lo ingresado por estas clausulas abusivas, a pesar de que dichas cláusulas eran nulas.

A partir de este pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es posible reclamar la devolución de las cantidades indebidamente percibidas por el banco desde que se iniciara el préstamo hipotecario.

¿Cómo puedo reclamar mi dinero?

Lo primero, aunque pueda resultar evidente, es saber si la hipoteca tiene una clausula suelo, para ello deberemos mirar la escritura del préstamo hipotecario. Normalmente suele ser complicado percatarnos de la existencia de tal clausula debido a que suelen denominarse de formas muy variadas, lo mejor para ello es contactar con un abogado experto que te asesore.
Posteriormente, es necesario calcular las cantidades exactas que el banco ha estado cobrando demás por todos los años que ha pagado su hipoteca para poder reclamarlo judicialmente. Estas cantidades suelen variar y no en todas las hipotecas suele ser la misma, por ello la necesidad de acudir a un profesional.

¿Es posible que el banco quiera negociar?

Aún es muy pronto para determinar la respuesta de las entidades de créditos, pero desde Morales y Blanco Abogados insistimos: es necesario que desde un principio estemos bien asesorados para que el banco no nos haga caer en una trampa y acabemos firmando un acuerdo perjudicial para nuestros intereses.

Una de las ofertas más recurrentes de las entidades ha sido la de realizar cambios en el tipo de interés de los préstamos hipotecarios, por ello se ha de tener cuidado, porque lo que pueda parecer un buen acuerdo, puede ser un engaño.
Si desea más información al respecto, contacte con el equipo de Morales y Blanco Abogados, le resolveremos todas sus dudas.

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